¿Qué es?

Las empresas disponen de un crédito anual para la formación de sus trabajadores. Las pequeñas y medianas empresas podrán recibir ayudas para la formación continua y así no tener que ajustarse a las convocatorias anuales. Para utilizar este crédito las empresas tienen que aplicar las bonificaciones a la Seguridad Social, una vez que se haya hecho la formación.

Y yo, ¿puedo participar?

Las empresas con centro de trabajo en España y que coticen por la contingencia de Formación Profesional.

¿Cómo lo hago?

Hay dos opciones:

• La empresa contacta directamente con Sinergia Formación para dar esos cursos.
• Agrupándose con otras empresas. En este caso debe existir una entidad que sea la que organice todo, como podría ser Sinergia Formación.

Trabajadores

Los destinatarios finales de las acciones formativas han de ser trabajadores asalariados que coticen a la Seguridad Social por el concepto de formación profesional.
Los cursos podrán ser: presenciales, a distancia o teleformación y deben tener una duración mínima de 6 horas para que se puedan subvencionar.

¿Cuál es mi bonificación?

El crédito de bonificación va a depender del salario y del número de empleados que cotizan a la Seguridad Social.

Si quieres calcular tu crédito pincha aquí: